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Italia Endurece Aún Más las Reglas de Ciudadanía: ¿Qué Implica la Nueva Circular 36356?

Roma, 2 de agosto de 2025 – La Ley 74/2025, que ya había generado preocupación por su rigurosidad en la adquisición de la ciudadanía italiana, vuelve a ser el centro de atención con la emisión de una nueva circular del Ministerio del Interior. La Circular nro. 36356, publicada el 24 de julio de 2025, llega apenas dos meses después de la primera, la Circular nro. 26185 del 28 de mayo de 2025, y su contenido confirma los temores de muchos: las condiciones para obtener la ciudadanía italiana se vuelven aún más estrictas, especialmente para aquellos nacidos en el extranjero con doble nacionalidad.

¿Para qué otra circular? La necesidad de mayor claridad (y rigor)

La primera circular, la nro. 26185, ya había establecido una «preclusión significativa» a la adquisición automática de la ciudadanía iure sanguinis para quienes nacieron en el extranjero y poseen otra nacionalidad, incluso antes de la entrada en vigor de la ley.1 Sin embargo, la complejidad de la nueva normativa generó numerosas dudas entre los Oficiales de Estado Civil de los municipios. La Circular nro. 36356 surge precisamente para responder a estas «preguntas recibidas» 1, ofreciendo «ulteriores instrucciones operativas».1

Esto indica que la orientación inicial no fue suficiente para cubrir todos los escenarios prácticos y las ambigüedades que surgieron de la compleja nueva legislación. La rápida sucesión de circulares subraya que el texto legal inicial y su primera interpretación no fueron lo suficientemente exhaustivos, lo que llevó a la necesidad de una guía administrativa más detallada y, como veremos, más restrictiva.

¿Empeoran las cosas? Sí, los ajustes son más severos

La respuesta es un rotundo sí. Si la primera circular ya trajo «muy malas noticias» por la rigurosidad de los procedimientos, la Circular nro. 36356 profundiza este endurecimiento. No introduce conceptos legales completamente nuevos, pero sus aclaraciones son cruciales y, en la práctica, cierran posibles vías que antes podían interpretarse de forma más laxa.

El foco principal de la nueva circular está en la interacción de los Artículos 3-bis, 1 y 14 de la Ley de Ciudadanía, que regulan la adquisición iure sanguinis (por descendencia) y iuris communicatione (por comunicación del derecho, generalmente a hijos menores).

Entre los puntos más severos se destacan:

  • Residencia del progenitor para iure sanguinis (Art. 3-bis, letra d)): Se aclara que, para que un hijo nacido en el extranjero con otra ciudadanía adquiera la nacionalidad por esta vía, el progenitor debe haber residido en Italia durante al menos dos años continuos después de adquirir su propia ciudadanía italiana y antes del nacimiento del hijo.1 La circular es explícita: si el menor nace en el extranjero
    antes de que el progenitor complete este requisito de residencia bienal, el menor no podrá adquirir la ciudadanía italiana iure sanguinis por esta disposición específica.1 Esto es un golpe para muchas familias que esperaban transmitir la ciudadanía de esta forma.
  • Adquisición iuris communicatione (Art. 14): Para los menores nacidos en el extranjero con doble ciudadanía, las condiciones se vuelven mucho más complejas y acumulativas. Ahora se exigen tres presupuestos combinados 1:
  1. El progenitor debe haber residido en Italia por al menos dos años continuos antes del nacimiento del menor.
  2. El progenitor debe continuar residiendo en Italia por al menos dos años continuos después de su propia adquisición de la ciudadanía.
  3. En la fecha de adquisición o readquisición del progenitor, el menor debe haber residido legalmente en Italia, conviviendo con el progenitor, por al menos dos años continuos (o desde el nacimiento si es menor de dos años).1
  • Fecha clave para iuris communicatione: La adquisición de ciudadanía se activa desde el día siguiente al juramento del progenitor, no desde la fecha de notificación del decreto de concesión.1 Este requisito se aplica a los juramentos realizados a partir del 23 de mayo de 2025.1 Esta precisión es vital y puede afectar a quienes estaban en proceso.

¿Qué viene ahora? Mayor carga y menos flexibilidad

El panorama que se dibuja es de un endurecimiento generalizado de los criterios de adquisición de la ciudadanía, especialmente para aquellos con múltiples nacionalidades. Esto implica:

  • Aumento de la carga de la prueba: Los solicitantes deberán presentar documentación aún más estricta y verificable, como certificados históricos de residencia, y las meras declaraciones no serán suficientes.1
  • Mayor rigor administrativo: Los Oficiales de Estado Civil tienen la instrucción de realizar verificaciones «rigurosas» para evitar inscripciones irregulares.1 Esto se traduce en procesos más lentos y exigentes.
  • Cambio de paradigma: Se consolida un cambio de un modelo de adquisición casi automática por iure sanguinis a uno mucho más condicional, que enfatiza una conexión demostrable y activa con el territorio italiano. La intención es clara: limitar la ciudadanía automática y asegurar que los nuevos ciudadanos tengan un vínculo más sólido con Italia.
  • Potencial de litigios: La complejidad y la interpretación más estricta podrían llevar a un aumento de los desafíos judiciales por parte de los solicitantes que vean denegadas sus peticiones.

La Circular nro. 36356 no es solo una aclaración, sino una confirmación y un refuerzo de la dirección política de la Ley 74/2025: hacer más difícil la adquisición de la ciudadanía italiana para ciertos grupos, priorizando la residencia y el vínculo efectivo con el país. Para muchos, las «malas noticias» de la primera circular se han vuelto aún más desafiantes con esta nueva interpretación.

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