Introducción: ¿De qué trata esta nueva ley y a quién beneficia?
Esta guía tiene como propósito explicar las recientes modificaciones y aclaraciones a la ley de ciudadanía italiana, centrándose específicamente en la Ley n.° 91/1992 y el Decreto-Ley n.° 36/2025.1 Estas actualizaciones son de vital importancia para las familias con hijos menores nacidos fuera de Italia que aspiran a que sus hijos adquieran la ciudadanía italiana.1 El objetivo de este documento es traducir términos legales complejos a un lenguaje sencillo y comprensible, ofreciendo orientación práctica sin la necesidad de una formación jurídica. Está diseñado para padres, tutores legales y cualquier persona interesada en entender el proceso de ciudadanía italiana para menores.1 El concepto central de estas modificaciones gira en torno a la «Adquisición de la ciudadanía por ‘beneficio de ley’ (hijos menores nacidos en el exterior)». Esta frase subraya que se aborda una vía legal específica que otorga la ciudadanía bajo ciertas condiciones, diferenciándose de un derecho automático por nacimiento.1 Esto es un reflejo de cómo las leyes, especialmente las nuevas, a menudo necesitan ser complementadas con interpretaciones prácticas para su aplicación uniforme por parte de las oficinas públicas, como consulados o municipios. Este proceso de clarificación es fundamental para asegurar que la ley se aplique de manera consistente y para hacerla más accesible y comprensible para el público en general, lo cual concuerda directamente con la necesidad de una explicación «sin necesidad de un abogado».1
Entendiendo la «Ciudadanía por Beneficio de Ley» para Menores
Esta vía específica para la adquisición de la ciudadanía italiana está diseñada para hijos menores nacidos fuera de Italia de un progenitor ciudadano italiano, particularmente en aquellos casos donde la ciudadanía del progenitor no se transmite automáticamente al hijo en el momento del nacimiento. Esta distinción es crucial frente a la tradicional ciudadanía jure sanguinis (por derecho de sangre), que suele considerarse automática. El texto indica claramente: «Los hijos menores nacidos en el extranjero de un progenitor ciudadano italiano que no transmite automáticamente la ciudadanía pueden adquirir la ciudadanía italiana».1
Es fundamental comprender que, bajo este procedimiento, el menor no se convierte automáticamente en ciudadano italiano al nacer, ni a través del principio tradicional de jure sanguinis. El documento establece explícitamente: «El menor que se beneficie de este procedimiento no será ciudadano por nacimiento ni por iure sanguinis». En cambio, la ciudadanía se adquiere «a partir del día siguiente en que se verifiquen las condiciones previstas por la ley», haciendo referencia al Artículo 15 de la Ley 91/1992.1 Esto significa que se requiere un paso activo y el cumplimiento de ciertas condiciones después del nacimiento.
La afirmación explícita de que la ciudadanía no se adquiere por nacimiento ni por jure sanguinis en este procedimiento es una aclaración vital que ayuda a disipar conceptos erróneos comunes. Esto sugiere que pudo haber existido una confusión previa sobre la automaticidad de la ciudadanía en estos casos, o que esta nueva vía está diseñada para escenarios donde el jure sanguinis no se aplica de manera directa o automática. Para el ciudadano común, el jure sanguinis a menudo se asocia con una transmisión automática de la ciudadanía por linaje. Esta negación explícita indica que muchos solicitantes podrían haber asumido que su hijo ya era ciudadano, o que el proceso sería una mera formalidad de registro en lugar de una adquisición activa que requiere pasos y condiciones específicas. La ley aclara que este «beneficio de ley» es un camino distinto y no automático. Esta previsión para abordar posibles confusiones es clave para el objetivo de claridad del informe. En la práctica, esto implica que las familias no pueden simplemente registrar el nacimiento; deben solicitar activamente y cumplir con criterios específicos.1
Caso 1: La Vía Estándar para la Ciudadanía (Artículo 4 de la Ley 91/1992)
Esta sección detalla la primera y más general vía para la adquisición de la ciudadanía bajo el Artículo 4 de la Ley 91/1992, explicando los requisitos de elegibilidad y los pasos procesales.1
Quién Califica (Requisitos para los Progenitores)
Para esta vía, uno de los progenitores debe ser ciudadano italiano por nacimiento. Este es un requisito fundamental y estricto. Es importante destacar que esta vía no se aplica si el progenitor italiano adquirió su ciudadanía a través de los siguientes métodos, ya que están explícitamente excluidos:
- Naturalización (Art. 9)
- «Beneficio de ley» (Art. 4, el mismo artículo que se aclara, lo que implica una exclusión recursiva para la propia adquisición del progenitor)
- Matrimonio (Art. 5 o Art. 10 de la Ley 555/1912)
- Readquisición (Arts. 13 o 17)
- Iure communicationis (Art. 14).
Esto significa que el linaje del progenitor italiano debe ser muy claro y directo: deben haber nacido italianos, no haber adquirido la ciudadanía por otros medios. La exigencia de que uno de los progenitores sea «ciudadano por nacimiento» y la extensa lista de exclusiones para la adquisición de la ciudadanía del progenitor indican una intención legislativa de limitar esta vía de «beneficio de ley» a situaciones donde el vínculo italiano es inequívocamente fuerte y directo. Esto podría interpretarse como un endurecimiento o una clarificación de quién puede transmitir la ciudadanía por esta vía específica, posiblemente para evitar reclamaciones de ciudadanía «en cascada» a partir de ciudadanías italianas menos directas o más recientemente adquiridas. Para los solicitantes, esto representa un filtro crítico, ya que muchos podrían asumir que ser italiano es suficiente, pero la ley aclara que la forma en que el progenitor obtuvo la ciudadanía es de suma importancia para esta vía particular.1
La «Declaración de Voluntad»
Esta declaración es la acción central requerida para que el menor adquiera la ciudadanía.
- Quién la Presenta: Generalmente, ambos progenitores (incluido el progenitor extranjero) o el tutor legal deben presentar esta declaración.
- Dónde se Presenta: La declaración debe ser una declaración formal y presencial ante un funcionario delegado con funciones de estado civil. Esto suele significar en un Consulado italiano en el extranjero (para quienes residen fuera de Italia) o en un Comune (municipio) en Italia (para quienes residen en Italia).
- Cuándo se Presenta (Plazos y Escenarios Cruciales):
- Regla General: La declaración debe presentarse dentro del plazo de un año desde el nacimiento del niño.
- Circunstancias Especiales para el Cálculo del Plazo:
- Filiación Establecida Posteriormente: Si la filiación (parentesco) del niño con un ciudadano italiano se establece después del nacimiento, el período de un año comienza a partir de esa fecha posterior.
- Adopción: Si el niño es adoptado por un ciudadano italiano durante su minoría de edad, el período de un año comienza a partir de la fecha de adopción.
- Reconocimiento Parental Complejo (Ambos Italianos por Nacimiento, Reconocimiento Escalonado): Si ambos progenitores son ciudadanos italianos por nacimiento, pero su reconocimiento del niño ocurre en momentos diferentes, el período de un año se cuenta desde el primer reconocimiento. Esto se debe a que el primer reconocimiento ya transmite la ciudadanía bajo otras reglas.
- Reconocimiento Parental Mixto (Primero por No Italiano/Italiano no por Nacimiento): Si el primer reconocimiento es por parte de un progenitor extranjero (o un ciudadano italiano que no es ciudadano por nacimiento), el período de un año se contará desde el reconocimiento por parte del segundo progenitor que sí sea ciudadano por nacimiento. Esto aclara cómo comienza a correr el plazo de «un año» en situaciones familiares no directas.
- Declaraciones Parentales No Simultáneas: Si los progenitores no pueden presentar la declaración al mismo tiempo, el requisito se considera cumplido en la fecha de presentación del segundo progenitor.
- Progenitor Único/Fallecido: Si la filiación (incluida la adopción) se establece con una sola persona (por ejemplo, un progenitor soltero, o si el otro progenitor ha fallecido), la declaración de ese único progenitor es suficiente.
Las reglas detalladas y complejas para calcular el plazo de un año para la «declaración de voluntad», especialmente en lo que respecta al reconocimiento escalonado de los progenitores, demuestran una previsión de diversas estructuras familiares y complejidades legales. Si bien la ley intenta cubrir varios escenarios, esta misma complejidad puede ser un obstáculo para el ciudadano común, lo que hace que una interpretación cuidadosa sea crucial.1
Excepción Significativa para la Residencia en Italia
Si el menor establece residencia legal en Italia, la declaración puede presentarse incluso fuera del plazo de un año desde el nacimiento. Sin embargo, esto está condicionado a que la residencia se mantenga durante al menos dos años consecutivos después de la presentación de la declaración de voluntad de adquisición de la ciudadanía por parte de los progenitores. Esta disposición ofrece una flexibilidad importante para las familias que se mudan a Italia y que podrían haber perdido el plazo inicial. Esta excepción representa una flexibilidad significativa, indicando una preferencia política para fomentar la integración de estos menores en la sociedad italiana, ofreciendo una «segunda oportunidad» o una vía alternativa para aquellos que pudieron haber perdido el plazo inicial pero ahora residen en Italia.1
Caso 2: La Vía Específica por Decreto-Ley (Artículo 1-ter del Decreto-ley 36/2025)
Esta sección explica la segunda vía, más específica y con plazos definidos, que probablemente constituye una disposición transitoria, detallando sus condiciones y fechas límite únicas.1
Quién Califica (Condiciones Específicas)
Este caso se aplica solo si se cumplen todas las siguientes condiciones estrictas:
- Requisito de Edad: El menor debe haber tenido menos de 18 años en el momento en que la ley de conversión entró en vigor. Específicamente, no debe haber cumplido los 18 años el 24 de mayo de 2025. Esto establece una ventana de edad muy estrecha y específica para la elegibilidad.
- Origen Parental: El menor debe ser hijo de ciudadanos italianos por nacimiento. Esto refleja el requisito estricto para el origen de la ciudadanía del progenitor visto en el Caso 1.
- Plazo Específico de Reconocimiento Parental: Crucialmente, estos progenitores deben haber sido reconocidos como ciudadanos italianos basándose en una solicitud administrativa o judicial presentada antes de las 23:59 (hora de Roma) del 27 de marzo de 2025, O deben haber tenido una cita concedida por una oficina consular o un municipio antes de esa misma fecha. Esta es una fecha límite histórica muy precisa y estricta para el proceso de reconocimiento de la ciudadanía de los progenitores.1
Las fechas límite extremadamente específicas y retrospectivas para el Caso 2 (la edad del menor antes del 24 de mayo de 2025 y el proceso de reconocimiento de los progenitores iniciado antes del 27 de marzo de 2025) sugieren fuertemente que se trata de una disposición transitoria. Esta disposición está diseñada para abordar un grupo muy particular de casos, probablemente aquellos que se encontraban en una «zona gris» legal o pendientes antes de la implementación completa de la nueva ley. No es una vía permanente, y su ventana limitada implica un esfuerzo legislativo de regularización o «limpieza».1
El Proceso de Declaración para el Caso 2
- Quién la Presenta: La declaración debe ser presentada por los progenitores o el tutor legal.
- Rol del Menor si Cumple 18 Años: Si el menor cumple 18 años después del 24 de mayo de 2025 (fecha de entrada en vigor de la ley), deberá presentar la declaración personalmente dentro del mismo plazo establecido. Esto traslada la responsabilidad al hijo, ahora adulto. La disposición que exige que un menor que cumpla 18 años después del 24 de mayo de 2025 presente la declaración personalmente pone de manifiesto un cambio en la responsabilidad legal y la autonomía. Esto reconoce la transición del menor a la edad adulta durante la ventana de solicitud y le otorga la capacidad de asumir la responsabilidad de su proceso de ciudadanía, en línea con los principios de capacidad legal.1
- Dónde y Cómo se Presenta: Las declaraciones deben presentarse presencialmente en la oficina consular, ante funcionarios encargados de las funciones de estado civil.
- Plazo para la Declaración: La declaración debe presentarse ante la oficina consular antes del 31 de mayo de 2026. Este es un plazo estricto y relativamente corto para esta vía transitoria específica.
- Documentación Requerida: Los solicitantes deben adjuntar su documento de identidad, el documento de identidad del menor, un comprobante de residencia en la circunscripción consular y cualquier otra documentación indicada en el formulario correspondiente.
- Simplificación para Ciudadanos Registrados en AIRE: Para los ciudadanos italianos ya inscritos en el AIRE (Registro de Italianos Residentes en el Extranjero) dentro de la circunscripción consular, el certificado de ciudadanía italiana por nacimiento del padre o madre puede ser reemplazado por una declaración jurada en sustitución del certificado. Esto agiliza el proceso para aquellos que ya están formalmente reconocidos por el estado italiano en el extranjero, reduciendo los obstáculos burocráticos.1
Tabla Comparativa: Vías para la Adquisición de Ciudadanía para Menores
Para facilitar la comprensión de las diferencias clave entre el Caso 1 y el Caso 2, la siguiente tabla comparativa resume los requisitos y plazos más importantes. Esta tabla permite identificar rápidamente qué vía podría ser aplicable a una situación particular.
Criterio/Característica | Caso 1 (Art. 4, Ley 91/1992) | Caso 2 (Art. 1-ter, Decreto-ley 36/2025) |
Base Legal | Artículo 4 de la Ley n.° 91/1992 | Artículo 1-ter del Decreto-ley n.° 36/2025 |
Edad del Menor | Menor de 18 años al momento de la declaración | Menor de 18 años el 24 de mayo de 2025 |
Tipo de Ciudadanía del Progenitor | Ciudadano italiano por nacimiento. Excluye naturalización, matrimonio, readquisición, etc. | Ciudadano italiano por nacimiento. |
Fecha Límite para Reconocimiento Progenitor | No aplica una fecha límite retroactiva específica para el reconocimiento del progenitor. | Solicitud administrativa/judicial presentada antes del 27 de marzo de 2025 (23:59 hora de Roma), O cita otorgada antes de esa fecha. |
Fecha Límite para Declaración del Menor | Generalmente, dentro de un año desde el nacimiento (o establecimiento de filiación/adopción). | Antes del 31 de mayo de 2026. |
Lugar de Presentación | Oficina consular o Comune (si reside en Italia). | Oficina consular. |
Excepciones/Notas Clave | Si el menor establece residencia legal en Italia, la declaración puede presentarse fuera del plazo de un año, si la residencia se mantiene por al menos dos años consecutivos después de la declaración. | Si el menor cumple 18 años después del 24 de mayo de 2025, debe presentar la declaración personalmente. Para inscritos en AIRE, el certificado de ciudadanía puede ser reemplazado por declaración jurada. |
Costo | 250 euros por cada menor. | 250 euros por cada menor. |
Aspectos Importantes a Considerar para Ambos Casos
Existen requisitos y consideraciones generales que aplican a ambas vías de adquisición de ciudadanía para menores.
El Aporte Obligatorio
Se exige un aporte obligatorio de 250 euros por cada menor. Este monto se destina al Ministerio del Interior italiano y debe ser pagado mediante transferencia bancaria. Es importante tener en cuenta que cualquier costo asociado a la transferencia bancaria (por ejemplo, comisiones bancarias) corre a cargo del ordenante. Esta contribución es una tarifa administrativa esencial que debe ser cubierta para que la solicitud se considere completa. El requisito de un aporte de 250 euros «por cada menor» para un proceso que ya es complejo y requiere una documentación significativa, sugiere que no se trata simplemente de una tarifa administrativa nominal, sino que podría ser una medida para generar ingresos o un factor disuasorio para solicitudes frívolas. Esto añade una barrera financiera que puede ser considerable para familias con varios hijos.1
Renuncia a la Ciudadanía
Una persona que adquiera la ciudadanía italiana a través de esta vía de «beneficio de ley» tiene la opción de renunciar a ella una vez que alcance la mayoría de edad. Sin embargo, esta renuncia solo está permitida siempre que no resulte en una situación de apatridia. Este es un principio fundamental del derecho internacional, que busca evitar que las personas queden sin nacionalidad alguna. Esta disposición ofrece flexibilidad para aquellos individuos que, al llegar a la edad adulta, decidan no mantener la ciudadanía italiana, quizás debido a complejidades de doble ciudadanía, elección personal u obligaciones en otro país. No obstante, esta elección está supeditada a que posean o puedan adquirir otra nacionalidad, asegurando que no queden apátridas. La condición de renuncia «siempre que no resulte en una situación de apatridia» subraya la adhesión de Italia a las normas internacionales sobre la apatridia. Esto destaca un principio humanitario y legal que prevalece sobre la elección individual en los casos en que la renuncia dejaría a una persona sin nacionalidad alguna, demostrando el compromiso de Italia con los derechos humanos internacionales.1

En Resumen: Puntos Clave para Recordar
Para las familias que buscan la ciudadanía italiana para sus hijos menores, es fundamental recordar que este camino de adquisición de ciudadanía no es automático al nacer; requiere una declaración activa y el cumplimiento de condiciones específicas. Esta es una distinción crucial que a menudo se malinterpreta.1
Existen dos vías principales para la adquisición de la ciudadanía bajo estas nuevas directrices:
- Caso 1 (Vía Estándar): Esta es la ruta general para hijos de ciudadanos italianos por nacimiento. Típicamente, requiere que la declaración se realice dentro de un año del nacimiento del niño. Una excepción importante es para los menores que establecen residencia legal en Italia, lo que puede extender el plazo si la residencia se mantiene por al menos dos años consecutivos después de la declaración.1
- Caso 2 (Vía Transitoria Específica): Esta es una vía con plazos muy definidos y altamente específica, diseñada para un grupo particular de casos. Implica condiciones estrictas de edad para el menor y, crucialmente, fechas límite retroactivas para el proceso de reconocimiento de la ciudadanía de los progenitores. Es una oportunidad limitada en el tiempo y no una vía permanente para futuras solicitudes.1
Independientemente de la vía, es esencial prestar atención a los requisitos procesales clave: el progenitor italiano debe ser ciudadano por nacimiento, la «declaración de voluntad» debe ser un proceso formal y presencial, se deben cumplir plazos estrictos (o entender las condiciones para las excepciones), y se debe pagar una tarifa obligatoria de 250 euros por cada menor al Ministerio del Interior.1
Finalmente, es importante saber que, al alcanzar la mayoría de edad, el individuo que adquirió la ciudadanía por esta vía puede renunciar a ella, siempre y cuando esta acción no resulte en una situación de apatridia, lo que garantiza que la persona siempre mantenga una nacionalidad.1
Nota Importante: Esta guía tiene fines exclusivamente informativos y se basa en la información oficial disponible.1 Para casos individuales específicos, siempre es recomendable consultar directamente con las autoridades consulares italianas oficiales o con un profesional legal especializado. Las leyes pueden ser complejas, las circunstancias individuales varían considerablemente y los requisitos o interpretaciones oficiales pueden evolucionar.
Obras citadas
- Adquisición de la ciudadanía por “beneficio de ley” (hijos menores …, fecha de acceso: julio 16, 2025, https://consrosario.esteri.it/es/servizi-consolari-e-visti/servizi-per-il-cittadino-straniero/cittadinanza_n/acquisto-della-cittadinanza-per-beneficio-di-legge-figli-minori-nati-allestero/